Ante las tensiones de tesorería que puede generar la actual situación de estado de alarma, es conveniente anticipar el análisis de la declaración para proceder a su presentación lo antes posible (si resulta a devolver) y valorar, en cualquier caso, todos los potenciales beneficios fiscales a aplicar, para lo cual el departamento de Derecho Fiscal de Gilabert & Bofarull Abogados queda a su entera disposición.
Cabe destacar que el estado de alarma no ha alterado, hasta la fecha, la campaña de renta y patrimonio de este año.
Desde el 1 de abril de 2020, los contribuyentes podrán obtener sus datos fiscales y el borrador de declaración del IRPF a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), a la que se puede acceder a través de las direcciones http://www.agenciatributaria.es o https://www.agenciatributaria.gob.es.
Como en ejercicios anteriores, a través de este mismo acceso se podrá modificar, confirmar y presentar el borrador de declaración, así como la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio, lo cual exclusivamente se podrá presentar de forma telemática a través de Internet.
La campaña finalizará el 30 de junio de 2020, salvo para los contribuyentes que quieran domiciliar el primer pago fraccionado del IRPF o la deuda del Impuesto sobre el Patrimonio, en cuyo caso la declaración se deberá presentar no más tarde del 25 de junio.
Dpto. Derecho Fiscal y Tributario de Gilabert & Bofarull Abogados
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